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Cómo enviar Mi Contabilidad SAT mensual del CFDI

mi contabilidad clasificador del cfdi

En el año 2019 fue eliminado el clasificador del CFDI «Mi Contabilidad SAT». Esto como parte de la resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal. ¿Quieres comprender mejor el motivo de la eliminación y sobre todo cómo enviar «Mi Contabilidad SAT» mensual este momento? Te invitamos a seguir leyendo el artículo completo que hemos preparado para ti.

Manual o tutorial sobre cómo llevar Mi Contabilidad SAT mensual

El SAT cuenta con una herramienta que ha denominado «mi contabilidad» del CFDI, la cual está enfocada a las personas físicas, pero con actividades empresariales, de arrendamiento y profesionales. Dentro de esta herramienta todos los contribuyentes antes mencionados contaban con dos alternativas para la presentación de sus declaraciones provisionales del impuesto sobre la renta y las declaraciones definitivas como el impuesto al valor agregado.

Alternativa #1 sobre cómo llevar mi contabilidad en el SAT

Con la primera alternativa se clasificaban los comprobantes fiscales digitales por internet de ingresos y egreso para determinar de forma automática el impuesto sobre la renta y el IVA. Quedando los contribuyentes revelados a enviar su contabilidad electrónica para el SAT y presentar la DIOT (declaración informativa de operaciones con terceros)

Alternativa #2 sobre cómo hacer declaración mensual SAT con Mi Contabilidad

En la segunda alternativa clasificaban sus facturas electrónicas de ingresos y egresos, aquí deberían enviar su contabilidad electrónica al SAT y presentar también la DIOT.

Según el servicio de administración tributaria, en la alternativa número 1 antes mencionada permitía a los contribuyentes realizar la declaración más fácil y rápido sobre los pagos provisionales del impuesto sobre la renta y los definitivos del impuesto al valor agregado.

Sin embargo, en la primera resolución de modificaciones a la RMF (resolución Miscelánea fiscal) del año 2019, la institución ha decidido eliminar esta opción llamada “mi contabilidad” de los CFDI.

que alternativas ofrecia el clasificador mi contabilidad a los contribuyentes

Facilidades a las personas físicas que declaran mediante Mi Contabilidad SAT

La regla 2.8.1.24 de la RMF 2019 señala que las personas físicas antes mencionadas que determinen y presenten sus pagos provisionales del ISR y los definitivos del IVA, del período que se trate, clasificado sus CFDI de ingresos y gastos en la aplicación mi contabilidad, serán relevados del envío de contabilidad electrónica, así como de presentar la declaración informativa de operaciones con terceros.

No obstante, con esta nueva resolución de modificaciones a la reforma Miscelánea fiscal 2019, se ha reformado esta regla para eliminar información relacionada a la clasificación de los CFDI y para implementar un tope en la cantidad de $4,000.000 que no tenía la Resolución Miscelánea Fiscal 2019.

beneficios para los contribuyentes que declaran usando mi contabilidad

De acuerdo a lo antes mencionado, la regla modificada quedó de la siguiente manera:

Las personas físicas que declaren conforme a la sección 1 capítulo II y III del Título IV de la Ley del ISR, los cuales tengan ingresos totales del ejercicio inmediato anterior que no excedan a los $4,000.000 o que estén iniciando actividades en el ejercicio y determinen que los ingresos obtenidos no han excedido la cantidad antes mencionada y presenten el pago provisional del impuesto sobre la renta y el definitivo y de impuesto al valor agregado, quedó que se trate en el aplicativo mi contabilidad en términos de lo que se ha señalado en la regla 2.8.1.22, quedan relevados en el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  • Ingresar de manera mensual la contabilidad electrónica en el portal del SAT.
  • No es necesario presentar declaraciones complementarias, el código fiscal de la federación señala que cuando las disposiciones Fiscales establecen opciones para los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones Fiscales o para la determinación de las contribuciones a su cargo, lo elegido por el contribuyente no puede variar la respecto al mismo ejercicio.
  • De la misma manera, no es necesario presentar declaraciones complementarias de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta o los pagos definitivos del impuesto al valor agregado correspondientes a las declaraciones que hayan presentado utilizando los CFDI de ingresos y gastos.

Modificación en la RMF con relación a Mi Contabilidad

Básicamente la modificación se hizo en la regla 2.8.1.22 de la RMF 2019, donde se indica que las personas físicas que utilizan el aplicativo mi contabilidad que está disponible en la web del SAT, deberán de señalar los ingresos y egresos amparados en todos sus CFDI, los cual servirán para generar automáticamente la determinación del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado.

Además de esto, presenta otra opción para que todos los contribuyentes hagan la presentación de sus pagos provisionales sin clasificar los CFDI de ingresos y gastos. Ahora con la nueva resolución de modificaciones, esta regla se ha modificado eliminando la información que refiere a la clasificación de los CFDI.

que modificación se hizo en el clasificador mi contabilidad

Al realizar la modificación en la regla quedó de la siguiente manera:

Para efectos del artículo 31 en su primer párrafo del código fiscal de la Federación y 41 de su reglamento, las personas físicas que declaren en términos de la sección 1 capítulo II y III del título IV 4 de la ley del impuesto sobre la renta, excepto las personas físicas que estén dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, deben presentar sus pagos provisionales del impuesto sobre la renta y los definitivos del impuesto al valor agregado usando el aplicativo mi contabilidad disponibles en la página web oficial del SAT.

Especialistas opinan sobre Mi Contabilidad clasificador del CFDI

El fiscalista independiente y diseñador de calculadoras Fiscales Alejandro Santos Martínez, ha considerado que la opción mi contabilidad clasificador del CFDI invadía el principio de autodeterminación de las contribuciones por parte del contribuyente. Alejandro Santos comentó, que el SAT supo vender muy bien el clasificador pues con el ofreció también muchas facilidades.

De ahí que los contribuyentes lo utilizaban para no tener que enviar la DIOT y en otros cuantos casos la contabilidad electrónica. También ha mencionado que pudieran pensar algunos contribuyentes que ahora tiene que presentar declaraciones complementarias debido a la eliminación del clasificador.

que opinan los fiscalistas sobre la eliminación de mi contabilidad en el cfdi

No obstante, aclaró que las declaraciones ya presentadas no tienen que modificarse, lo único que tienen que hacer es revisar las cifras para que no haya equivocaciones. En caso de no llevar papeles de trabajo alternos será necesario que revisen todo el año, pero no tendrán por qué hacer complementarias, lo que está dispuesto en el artículo transitorio décimo tercero.

Santos Martínez expresó que si los contribuyentes clasificaron y hacían de forma paralela papeles de trabajo no tienen más preocupaciones, en caso contrario, mencionó que aún están a tiempo para preparar esos papeles de trabajo, ya que si la unidad de fiscalización estatal se los solicita deberán presentarlos con muy buena en elaboración y unidos a las declaraciones.

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Con todo lo anterior sabrás enviar tu contabilidad del SAT sin problemas, no obstante, si deseas más información, permítenos dejarte más artículos que te interesarán.